viernes, 4 de septiembre de 2026
Tecnología

Cómo deducir el transporte escolar ante el SAT este ciclo escolar

Ante el regreso a clases, el SAT recuerda a los contribuyentes que el transporte escolar es deducible de impuestos bajo condiciones específicas.

Redacción El Heraldo Digital
Foto: xataka.com.mx

Con el inicio del ciclo escolar 2026-2027 a la vuelta de la esquina, las familias mexicanas enfrentan un incremento significativo en los gastos operativos para la educación de sus hijos. Además de las colegiaturas, el transporte escolar representa una partida presupuestaria importante, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha recordado a los contribuyentes que este gasto puede ser deducible de impuestos siempre que se cumplan estrictamente los requisitos establecidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Para que el transporte escolar sea considerado como un gasto deducible, el servicio debe ser obligatorio para todos los alumnos del centro educativo o, en su defecto, que dicho servicio sea proporcionado por la institución a todos los estudiantes de una zona determinada. El SAT enfatiza que este concepto no puede ser deducido si el servicio es opcional o si se contrata de forma privada de manera independiente a la escuela, ya que debe existir una relación directa con la operación académica del plantel.

Un requisito fundamental para que la deducción sea válida es que el pago debe realizarse exclusivamente a través de medios electrónicos, como transferencias bancarias, cheques nominativos o tarjetas de crédito, débito o servicios. El uso de efectivo invalida cualquier posibilidad de deducir este gasto en la declaración anual, por lo que las autoridades fiscales recomiendan a los padres de familia verificar que sus recibos de nómina o facturas electrónicas (CFDI) contengan el complemento de servicios educativos correspondiente.

Es importante señalar que el monto deducible por concepto de transporte escolar se suma a los límites establecidos para las colegiaturas, los cuales varían según el nivel educativo que curse el estudiante. La autoridad fiscal recalca que el beneficio aplica únicamente para el contribuyente, su cónyuge, concubino o familiares en línea recta, siempre que estos últimos no perciban ingresos superiores al salario mínimo anual vigente.

Finalmente, el SAT recomienda a los padres y tutores mantener su documentación en orden y solicitar siempre la factura electrónica con el uso de CFDI correcto. Ante cualquier duda sobre la aplicación de esta deducción, los usuarios pueden consultar el portal oficial de la institución o acudir a las oficinas de atención al contribuyente para recibir asesoría personalizada sobre su situación fiscal.

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